DE SIRIA AL INFIERNO

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rescate en Lesbos
el drama de los niños migración en Europa

Millones de personas están obligadas actualmente a huir de sus hogares como resultado de conflictos, discriminación sistemática u otras formas de persecución, tal es el caso de los ciudadanos sirios debido al estado de guerra existente en su país.

Hace unos días dentro de la sección de noticias rápidas o fast info de este magazine, se hizo alusión al acuerdo   alcanzado entre la Unión Europea (UE) y Turquía donde se fijan los principios básicos para aliviar la crisis migratoria que se vive en la región por el conflicto en Siria, consistente en que la UE devolverá a Turquía a todos los inmigrantes que logren llegar a Grecia de forma irregular; de manera que, por cada ciudadano sirio enviado de regreso, la UE aceptará a uno de los ya asentados en Turquía.
Cualquier persona con un poco de sensibilidad, solidaridad o empatía con aquellas que se ven obligadas a abandonar su país de origen huyendo de una muerte segura, condenaría el citado acuerdo, el cual, a pesar de que muchos políticos han querido vendérnoslo basándose en criterios sociales, de justicia o protección internacional; sin embargo, nada más lejos de esta publicidad barata e interesada de los países más ricos de la U.E., y también de algún que otro no tan rico, siguiendo como un perro fiel las indicaciones de su amo, como es el caso de España y de su gobierno en funciones, puesto que dicho acuerdo viola los convenios internaciones y europeos ratificados por los estados miembros, que prohíben expresamente la devolución de personas que son objeto de persecución o víctimas de guerra.
En el marco del Derecho de la UE, la Carta de los Derechos fundamentales garantiza el derecho de asilo (artículo 18), que va más allá del derecho a pedir asilo. Las personas que pueden obtener el asilo tienen derecho a que se les reconozca este estatuto. Los artículos 13 (estatuto de refugiado) y 18 (estatuto de protección subsidiaria para quienes necesitan protección internacional, pero no pueden acceder al estatuto de refugiado) de la Directiva sobre requisitos de reconocimiento (2011/95/CE) otorgan un derecho expreso a la concesión de la estatuto de refugiado o de protección subsidiaria. Las personas que gozan de protección internacional pueden perder su estatuto si en su país de origen se produce una mejora genuina de la situación (véase el Apartado 3.1.8).
El artículo 24 de la misma Directiva regula el derecho a documentación. Las personas a las que se les reconoce la necesidad de protección internacional tienen derecho a permisos de residencia: tres años para los refugiados y un año para la protección subsidiaria. El artículo 25 da derecho a los refugiados y, en ciertos casos, a los beneciarios de protección subsidiaria a documentos de viaje.
 El incumplimiento de las obligaciones previstas en la Directiva sobre condiciones de acogida se puede perseguir como una vulneración del Derecho de la UE.
En definitiva, el acuerdo es, y en dicho sentido debe rechazarse por nuestro Gobierno en funciones o el que pudiese resultar elegido en las próximas sesiones de investidura, no sólo inaceptable, sino inaplicable al ser contrario a la Convención de Ginebra para los Refugiados, la Carta Social Europea, el Convenio Europeo de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los Tratados y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y las Constituciones de los Estados Miembros, que obligan a una admisión ordenada, digna, estudiada y personalizada de cada solicitud de protección internacional.
Resulta evidente que los problemas de la migración deberían ser resueltos desde el origen a través de acciones conjuntas y coordinadas de los gobiernos e instituciones internacionales orientadas a solucionar los problemas en sus causas desde criterios éticos y no estratégicos, haciendo operativo un visado humanitario que posibilitará el establecimiento de rutas seguras que impidan a las mafias abusar de la vulnerabilidad de los refugiados. Además, sería necesario activar la Directiva europea de protección temporal nunca puesta en vigor.
En España, el actual marco jurídico posibilita regularizar situaciones mediante el otorgamiento de autorizaciones individuales de residencia y/o trabajo, cuando concurran circunstancias distintas a las que ya contempla el Reglamento de Extranjería conforme determina su Disposición Adicional 1ª.4; siempre desde una aplicación amplia y generosa que ampare la situación de los inmigrantes con arraigo en España, o en los que concurran circunstancias humanitarias,  como las que concurren en el caso de los emigrantes sirios.
Sin embargo, debido a la actitud del actual gobierno en funciones del PP, se ha acrecentado el discurso hostil y alarmista hacia las personas migrantes y refugiadas que llegan a nuestras fronteras. Muestra de ello es el enfoque de las medidas puestas en marcha para controlar e impedir la llegada de estas personas principalmente a través de la frontera sur.  La instalación de concertinas en la valla de Melilla, la actuación de las autoridades en el Tarajal donde murieron al menos  15 personas y  la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana donde se avalan las devoluciones sumarias, dando cobertura legal a una práctica ilegal, son ejemplos de políticas discriminatorias y represivas que muestran a las personas migrantes y refugiadas como una amenaza. A ello se une el tratamiento alarmista de la situación en la frontera sur desde el ámbito político y desde algunos medios de comunicación.
Todo ello pone de manifiesto la existencia de un discurso cada vez más hostil y de incitación al miedo hacia las personas migrantes y refugiadas que lejos de favorecer la convivencia, integración y cohesión social, agudiza la promoción de identidades excluyentes en la sociedad de acogida que fomentan la interiorización de prejuicios y estereotipos y con ello, un clima favorable al racismo y la xenofobia.

 

1 COMENTARIO

  1. Quien saca beneficio del desastre? Quien se llena los bolsillos con dinero manchado de sangre? Quien después de cinco años sigue suministrando armas y bombardeando Siria? No tenemos que ser unos lumbreras, ni estar doctorados en sabiduría, las mafias ingresan su dinero en Banco Suizos y las empresas armamentistas tiene que renovar sus arsenales y aumentar sus beneficios. los demás marionetas que se mueven por la inercia del poder monetario o sea de la Banca que nunca a tenido ningún perjuicio que llenar sus depósitos con ese dinero manchado de sangre.

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