CUANDO LA POLICÍA ES EL PROBLEMA Y NO LA SOLUCIÓN

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Tanto conduce al caos la falta de normas en cualquier sociedad como que éstas se apliquen con discrecionalidad y abuso de autoridad, máxime cuando tales normas tienen como finalidad el castigo por una conducta ilegítima. 

 

Es cierto que, como dijo Thomas Hobbes: “la ley sin espada no es más que palabra”, pero su aplicación indiscriminada puede suponer una vulneración de derechos del individuo que deben servir de límite a un ejercicio despótico del poder, convirtiéndose aquello que consideran legal en injusto, es decir, cuando lo justo referido al sentido moral del Derecho, a la eticidad de sus normas; esto es, cuando lo “justo por convención” (reglas jurídicas) no concuerda o es coherente con lo “justo en sí”.

Así se convertiría en injusto la aplicación de la norma sin valorar o hacer un juicio de la procedencia de su aplicación. Tal sería el ejercicio de la potestad sancionadora por parte de los agentes de la autoridad en la aplicación de un precepto legal donde se contiene la tipificación de la infracción que se comete, sin valorar todos los elementos que confluyen en su aplicación o que sirven para medir la responsabilidad del infractor para imputarle  una sanción leve, grave o muy grave, o bien no proceder a su aplicación si se constata la improcedencia de su aplicación o bien se dan las circunstancias que evidencia, conforme a la propia Norma Jurídica, que eximen o liberan al que reclaman su cumplimiento.

Como dice un colega y amigo mío, es el viejo aforismo “DURA LEX, SED LEX” o lo que es lo mismo  dura ley, pero ley‘, que expresa la necesidad y la obligación de respetar y aplicar la ley en todos los casos, incluso cuando esta pudiera resultar rigurosa o excesiva, pero igualmente, quien la aplica debe ser lo suficientemente justo como para justificar la procedencia de su aplicación, sino claramente nos encontraríamos ante conductas que evidencia con toda claridad un abuso de autoridad.

He querido hacer la exposición anterior para poner de manifiesto la conducta que muchos agentes de la autoridad, tanto dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, incluyendo, asimismo, a la policía local, excediéndose en su autoridad sancionadora, al margen del decoro que deben manifestar en su ejercicio mediante un comportamiento adecuado y respetuoso correspondiente a cada categoría y situación.

De esta manera no es aceptable que en el momento de la sanción no escuche el argumento o justificación de el presunto infractor, y digo presunto con hincapié, porque puede ser que no lo esté siendo, y la conducta ilícita que se le quiere imputar responda a una apreciación errónea por parte de los Agentes, máxime cuando existen elementos de prueba suficiente en el momento que justifican la conducta del infractor con arreglo a Derecho, actuando aquellos con circunspección y gravedad.

Una causa bien defendida es una causa justa, por ello el primer deber de todo servidor público como son los Agentes de la Autoridad es oír al presunto infractor y comprobar que son ciertos los hechos alegados, no llevando al ciudadano a un costoso y cansado procedimiento contencioso-administrativo o penal para ejercer su defensa, pues de otra manera se está ejerciendo un acoso que, como se ha indicado, no deja de ser un abuso de poder porque suponen una falta de pureza de la Administración en sus relaciones con la sociedad, donde la policía no es parte de la solución sino del problema.

Además, suele ser frecuente que ante indicios que muestran que la versión policial puede faltar a la verdad, los jueces y fiscales no se atreven a dar el paso de abrir piezas judiciales que investiguen estos extremos.

Los ciudadanos tenemos la necesidad de confiar en nuestra policía, es más, es necesario, siendo difícil que ante situaciones como las indicadas, podamos tenerla, máxime cuando en su actitud denotan una falta de humanismo, tal es el caso de lo que me aconteció antes de ayer cuando estando detenido en una vía pública de mi querida Salamanca, concretamente en el Paseo de Canalejas, donde según la ordenanza municipal de aplicación, en concreto su artículo 22 sanciona la parada o estacionamiento, entre otras causas: “Cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada o una marca longitudinal sobre la misma que indique prohibición de atravesarla impida el paso de una fila de automóviles que no sean motocicletas y, en cualquier caso, cuando no permita el paso de otros vehículos”. El motivo trasladar en  el vehículo a una familiar de 91 años, enferma y con escasa movilidad para ser trasladada. 

Sin embargo los policías locales que tuve la desgracia de conocer, celosos en su cumplimiento del deber, no dudaron en sancionarme con la sustanciosa multa de 200 euros, estando un servidor dentro del vehículo, con el motor en marcha y las cuatro intermitencias puestas, su justificación para sancionar, es no haber visto bajar o subir a la persona a la que me disponía a trasladar, a lo que les respondí que entraran en el portal frente al que me encontraba y vivo, para comprobar la veracidad de lo alegado; además de no disponer de estacionamiento en las proximidades, y mucho menos con la cercanía suficiente como para que una persona anciana pudiera trasladarse con seguridad por su escasa movilidad, aparte de preguntar a los muchos testigos existente en la zona.

Ni lo uno, ni lo otro, impertérritos, y con la impertinencia de quien se considera por encima, como me hizo saber uno de los policías de ser un agente de la autoridad, una evidencia que salta a la vista por su uniforme, sólo obtuve una respuesta final: “vaya usted al Ayuntamiento para desahogarse”, negándose a darme sus números de placa. Actuación, vergonzosa y humillante cuando mi argumento de defensa se puede constar por una cámara de seguridad existente en la zona, y en la que debe quedar constancia de esa actividad que me veo obligado a realizar para el traslado de esa persona de avanzada edad y enferma con cierta frecuencia, o bien preguntando a los comercios existentes en la zona. Además de hacer la vista gorda en el momento sobre otros vehículos, no sólo parados, sino estacionados, incluso en la propia acera, sin el conductor en su interior. O bien, permitir durante el curso académico, de lunes a viernes, la parada de un gran número de vehículos en la puerta de dos colegios concertados existente en la zona, repito concertados y gestonados por comunidades religiosas, de padres que llevan o recogen a los niños a la entrada y salida,  también subidos a la acera y otros parados en paralelo, con el consiguiente riesgo para la circulación, viandantes  y para los propios niños, como una infracción continuada de la Norma que a mi me imputan, con una diferencia, mi delito haber parado a la entrada de mi vivienda por los motivos que os he narrado. Si esto no es una aplicación arbitraria de la Norma, que venga Dios y lo vea.

Quiero poner de manifiesto que, aún a pesar de estos “policías especiales” que… “haberlos haylos”, siendo lo pertinente para terminar con estas actuaciones improcedentes efectuadas con la intimidación de la que puede hacer uso un Agente de la Autoridad, sigue habiendo una policía buena y ejemplar. De hecho tengo amigos y excompañeros entre ellos, no pudiéndose meter en el mismo cajón a todos ellos. Por ello, los ciudadanos no podemos dejarnos avasallar y agachar la cabeza ante este tipo de actuaciones de ciertos policías que parece que lo único que persiguen es llegar un cupo de sanciones; y en la defensa de nuestros derechos y libertades poner la correspondiente denuncia a la espera que un Juez aprecie la veracidad de los hechos;

Porque, no debemos olvidar, y ellos tampoco, que cuando se competen excesos en el ejercicio de sus funciones están expuestos como cualquier otro profesional, pero ellos aún más en su calidad de agentes de la autoridad donde se exige un decoro en su actuación así como una conduca ejemplarizante para los ciudadanos, a la interdicción de los Tribunales de Justicia en defensa de nuestros derechos y libertades como así garantiza el artículo 9.3 de nuestra Constitución, aunque de sobra es conocido por todos que los derechos y libertades que la esta Norma Magna reconoce y protege, que, en la mayoría de las ocasiones no deja de ser un escaparate publicitario de una democracia en la que, por desgracia, los Poderes Públicos por no complicarse la vida, acuden a esa manida “presunción de veracidad” de los Agentes de la Autoridad, incluso en caso de duda, dejando al margen la máxima jurídica “in dubio pro reo”, en caso de duda a favor del imputado o sancionado, en este caso.

El motivo de lo manifestado no es otro que intentar convencer a la sociedad que nuestros derechos y deberes tienen una salvaguarda legal y, cuando un policía o policías amparados en su uniforme esgrimen una conducta carente de una total  humanidad, abusiva, dando la más la impresión de perseguir un fin más recaudatorio que de protección del orden y de la seguridad de los ciudadanos, debemos acudir a los tribunales, por lo menos para que los Jueces se den cuenta o se sensibilicen, que existe abuso de autoridad reiterada por algunos policías y que esto es una actuación intolerante.

Tambien, para decirle al Sr. Alcalde de esta magnifica ciudad Charra, como Jefe superior de la Policía Local, sea consciente de lo que sucede con algunos de sus agentes, porque quizá algún día haya que lamentar una desgracia que no va a poderse compensar con la responsabilidad patrimonial que corresponde a las Administraciones Públicas, porque una vida o una lesión invalidante no tiene precio… Ah, y aprovechando, que el Tormes pasa por Salamanca, que ordene aumentar el tiempo de cruce en los semáforos de la Zona porque a personas ancianas y con problemas de movilidad, como la que se había trasladado en mi vehículo, apenas les da tiempo a llegar a la mitad.

Además, ya que se ha gastado un millón de euros en previa precampaña electoral en las últimas elecciones municipal para arreglar este paseo, del que sólo necesitaba arreglo las aceras, lo ha convertido en un lugar peligroso al impedir la carga y descarga en prácticamente toda la vía pública, sólo en unos pocos lugares, que llevan a los transportistas a recorrer largas distancias para recoger o distribuir sus encargos o pedidos, circunstancia que lleva a muchos a tenerse que subir en las aceras lo que ocasiona un grave peligro y hace inútil a pesar de la ampliación de éstas… Pero ya sabemos que pesa más la rentabilidad política que los derechos de los ciudadanos más débiles. Así es nuestra vilipendiada democracia.

 

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