20 N. LA RANCIA SOMBRA DEL ÁGUILA CAMPA A SUS ANCHAS

0
51
Cuando en un país, como el nuestro, quienes lo gobiernan están en connivencia con ciertas organizaciones o asociaciones relacionadas con el dictador Francisco Franco, es altamente improbable que condenen ciertas manifestaciones que suponen una exaltación del fascismo. Prueba de ello son las subvenciones otorgadas a la Fundación que lleva el nombre de aquel, no sólo por el gobierno de Rajoy sino también por el de José María Aznar, amén de a otras asociaciones homófobas y ultracatólicas, entre las que podemos citar la de Blas Piñar, las cuales además gozan de la declaración de utilidad pública lo que les permite obtener beneficios fiscales.
 

Para vergüenza de muchos e indignación de otros tantos, el pasado día 20 de noviembre, con ocasión del aniversario del dictador, la capital de España tuvo que soportar y contemplar el vergonzoso desfile a ritmo de marcha militar que protagonizaron miembros de las citadas asociaciones, vistiendo camisas azules y portando símbolos fascistas,


culminando tan escandalosa puesta en escena en el Arco del Triunfo, símbolo franquista que infringe la conocida Ley de la Memoria Histórica,  conmemorando antiguas marchas que se celebraban tras la victoria del 39, consecuencia de la cual España tuvo que soportar durante cuarenta años un vergonzoso régimen dictatorial, cuya represión impidió el ejercicio de derechos contemplados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

A diferencia de otros países de nuestro entorno, nuestro Código Penal no castiga la apología  o exaltación del fascismo como tal, lo que nos obliga a acudir a la Jurisprudencia, la cual ha dejado bien claro que, a pesar del que el artículo 18 del citado Código prevé como acto preparatorio punible la apología del delito, consistente en el enaltecimiento de un crimen o de su autor, con independencia de la ideología; sin embargo, no permite perseguir y castigar conductas que “sólo” enaltezcan a una ideología, por muy antidemocrática o peligrosa que esta pueda llegar a ser.

También el artículo 510 de la norma jurídica que estamos utilizando prevé los delitos de incitación al odio, discriminación o violencia, sobre los cuales los tribunales han determinado que, para poder aplicar este artículo, hace falta que la conducta en cuestión constituya, como mínimo, una incitación directa a cometer unos hechos mínimamente concretados.  Lo que se traduce en el hecho que, para castigar un acto de apología del fascismo con base en dicho precepto, éste tendría que provocar directamente a un acto de odio, discriminación o violencia,  evidentemente difícil de probar, de aquí que este tipo delictivo haya servido de muy poco para luchar contra conductas de exaltación fascista.

Tales actitudes y su falta de castigo nos hacen plantearnos la arbitrariedad y la falta de imparcialidad que algunos gobierno, como los del Partido Popular, evidencian, al ni siquiera condenarlas públicamente, mientras que el reparo a retirar ciertos símbolos franquistas suele ser la tónica habitual de este partido político fundado por un exministro franquista; pero que, además, cuenta entre sus filas con auténticos herederos del franquismo, no tanto de sangre, que los hay, sino también en su sentimiento de añoranza de aquellos años en los que España se encarcelaba o se condenaba a muerte a  personas simplemente por su ideología, en Consejos de Guerra, mediante un procedimiento sumarísimo donde la defensa del condenado brillaba por su ausencia. No es de extrañar que, por lo tanto, disfruten tanto aplicando medidas represoras contra la libertad de expresión y manifestación, mediante la utilización de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a su antojo.

Además, no se trata simplemente de condenar manifestaciones que constituyen en si mismas una exaltación del fascismo, sino más bien de legislar de manera adecuada para que tales actos no vuelvan a tener lugar, evitando que bajo la piel de cordero se escodan auténticos lobos hambrientos de poder al hacerse pasar por organizaciones democráticas, autorizadas como tales, mediante unos estatutos que para nada responden a su auténtico modus operandi donde la violencia y el odio son una de sus manifestaciones.

 

“haciéndose pasar por organizaciones democráticas, autorizadas como tales, mediante unos estatutos que para nada responden a su auténtico modus operandi, donde la violencia y el odio, son una de sus manifestaciones.”

Esperemos que, terminados los actos de sepelio del recientemente fallecido Fiscal General del Estado, el ministerio público se ponga manos a la obra, para identificar a quienes han participado en dicha manifestación, aunque resulta improbable habida cuenta de la dependencia que esta institución tiene del gobierno, cuyos titulares son  nombrados a su antojo marcándoles las directrices a seguir. Para con ello evitar en nuestro país la misma línea ascendente que los partidos de ultraderecha están teniendo lugar en algunos países de la Unión Europea.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí