LA IDIOSINCRASIA DE UN PUEBLEO FRENTE A LA MANADA

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Voto Particular Manada
Ricardo González
Juez voto particular
Sentencia La Manada
Sobre la sentencia condenatoria de La Manada están claros los posicionamientos y el imperativo de la libertad de pensamiento  y de expresión de quienes están a favor o en contra; no siendo admisible la protección tapando bocas que el Presidente del Tribunal Supremo, a la sazón del Consejo General del Poder Judicial, D. Carlos Lesmes, ha pretendido de los españoles frente a los Magistrados que han dictado la Sentencia, bajo la premisa de que cuestionar a la Justicia es cuestionar uno de los pilares básicos del Estado, o mejor dicho, uno de los tres poderes en los que se sustenta cualquier régimen democrático, como es el Judicial.

Y, es que, la libertad de pensamiento y de expresión, no sólo por tratarse de un Derecho Fundamental consagrado por nuestra Constitución debe ser sagrado, aunque no se trata de un derecho omnímodo, en el que cada uno pueda atentar contra cualquier persona o institución, poniendo en solfa su dignidad, utilizando la calumnia, la injuria, o incluso, atentando contra ellos mediante el uso de la violencia, no sólo física sino también la verbal.

En definitiva, nadie, absolutamente nadie, puede tapar la boca a los ciudadanos, restringiendo la citada libertad al hecho de tener unos conocimientos jurídicos  o una determinada carrera universitaria que pudiera avalar la certeza de quien opina; porque quienes piensen que en derecho las cosas son blancas y negras se equivocan de cabo a rabo, igual que quienes piensan que la jurisprudencia reiterada del Tribunal Supremo viene a ser algo así como la “palabra de Dios”, que no puede ser cuestionada.

Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho, sirviendo la jurisprudencia únicamente para completar el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar dichas fuentes. Dicho de otra manera, cualquier jurisprudencia puede cambiar de sentido ajustándose o intentando dar respuestas más acertadas y adaptadas a los nuevos tiempos.

Evidentemente, aquí no cuenta la opinión de los ciudadanos, aún a pesar de que la tengamos, y que la mayoría, en el caso de la Sentencia a la que nos estamos refiriendo, estemos en contra según hemos podido observar en el rechazo social en manifestaciones públicas, incluso de la mayoría de las fuerzas políticas, aunque posiblemente estás últimas con el oportunismo de siempre. Estamos asentados en un sistema judicial que funciona, cierto que no siempre con la certeza en las sentencias que de él emanan, pero es lo que hay, sin que nadie pueda negar que cualquier juicio es lo suficientemente garantista de los derechos de las partes procesales, no tratándose de juicios sumarísimos en el que se viole el derecho a la defensa que todos tenemos, culpables e inocentes.

Quien demoniza al sistema judicial porque haya sentencias injustas, o simplemente porque no nos guste su resultado, no dejar de ser un miope democrático, y lo que es peor, un burro con ojeras que no ve más allá de sus propias narices. Las sentencias se pueden cuestionar, como no, para eso están la vía del recurso o apelación ante una instancia superior. Y, todos los ciudadanos, con formación jurídica y sin ella, podemos apreciar en base a unos hechos constatados el carácter justo o injusto del fallo contenido en tales sentencias.

“Quien demoniza al sistema judicial porque haya sentencias injustas, o simplemente porque no nos guste su resultado, no dejar de ser un miope democrático, y lo que es peor, un burro con ojeras que no ve más allá de sus propias narice”


Vaya por delante, las observaciones hechas, por el respeto que debemos tenernos las personas entre nosotros aunque no pensemos de la misma manera, sin necesidad de someter a nadie al ostracismo, simplemente porque alguien, en este caso un cargo público, refiriéndonos a quienes ejercen la justicia, no nos resulte grata. Aunque, muchos pensarán que, cómo podemos respetar a quién en este caso con su manifestación o voto particular, en el caso de la Sentencia contra La Manada, pone en tela de juicio, incluso juzgando de manera grosera a la víctima al poner en duda su palabra, ante su posible participación en un acto tan ignominioso como es atentar contra su integridad sexual. Además, tampoco debemos olvidar que un voto particular no condena a nadie que quien lo hace es la propia sentencia.

Debemos respeto a la instituciones, nos gusten o no como funcionan, nos gusten o no sus resultados, cuestión que, al parecer a muchos disgustan pero que al final no castigan de la manera que tenemos los ciudadanos que es mediante el voto y el ejercicio de nuestros derechos públicos, sean fundamentales o no. Claro que la justicia en este país no tiene una independencia absoluta, sólo hay que ver la composición política de los máximos órganos judiciales; pero un Juez o Magistrado que accede a su puesto por oposición es de suponer que actúa con el máximo rigor e independencia, sin someterse a chantajes o presiones, en base a hechos probados, algunas veces con carácter indubitado y otras como simples pruebas circunstancias, siendo válido cualquier argumento jurídico fundamentado en la propia Norma Jurídica escrita o no, abarcando en este último caso la jurisprudencia antes referida.

Manifestaciones como: “tenía que haber sido violada la mujer o la hija del juez para ver si hubiera reaccionado la misma manera”, no deja de ser una apreciación tan caustica y poco acertada como ha podido ser su reflexión jurídica, porque la violencia verbal también es un tipo de violencia y como tal no debe ser admitida; de manera que, si queremos ser justos y democráticos, seámoslo nosotros primero.

Todo es cuestionable con argumentos suficientes manifestados de forma adecuada y respetuosa, incluso, aunque a quienes estemos cuestionando no lo hayan hecho de esa manera, por el simple hecho de lograr una saludable vida democrática, sin que nadie puede obviar que en un juicio todo debe ser cuestionado para llegar a la mayor certeza posible en cuanto a los hechos que se juzgan. Muchos vemos violencia en el caso que estamos cuestionando y, por lo tanto, los elementos objetivos para poder calificar el delito como violación; pero si lo que pretendemos con nuestras manifestaciones es cambiar las cosas, hagámoslo como debe de hacerse, con fundamento y respeto, con madurez, y no como como porteras cotillas, porque haciéndolo de esta manera muchos y muchas pierden la razón aún teniéndola.

Y, una última reflexión es necesaria, la idiosincrasia de un país es la que es, por lo que, tal vez debería ser ésta la que deberíamos cuestionar, el excesivo machismo de muchos individuos y el patriarcado de las instituciones. Pero esto es parte de la evolución de la propia sociedad, sin que podamos presumir que la nuestra lo es.

Como siempre, ahora nuestra preocupación será esta Sentencia y luchar contra la injusticia cometida, y el gobierno ya tendrá un tiempo de tregua para seguir haciendo de la suyas. Otra maniobra de distracción enfrentándonos a una posible reforma del Código Penal, que no servirá para la nada porque la prevención de los delitos no pasa por un endurecimiento de las penas  o con poner o quitar palabras o definir nuevos tipos penales, según demuestran las estadísticas; sino por un cambio social que sólo puede lograrse a través de la educación hacia una tolerancia cero ante tanto “machito” o tanta manada de machitos que siguen coleccionando trofeos de sus ligues o tienen a sus esposas, aveces con la aquiescencia de éstas, como fieles servidoras o asistentas de sus propios hogares.

video de Al Rojo Vivo sobre el voto particular

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